COTOS DE CAZA: Aguardos nocturnos al jabalí

Nos encontramos en los comienzos de esta apasionante modalidad de caza, la cual, no hay ninguna duda que se encuentra en un momento claramente ascendente debido principalmente al aumento de las poblaciones de jabalí en todo el panorama nacional. No obstante, resulta fundamental el conocer diferentes aspectos técnicos y legales sobre los aguardos al jabalí para evitar problemas con las Administraciones.

Siguiendo la definición de Aguardo o Espera establecida por el Reglamento de Caza esta modalidad consiste en que el cazador espera apostado en un lugar a que la pieza de caza acuda espontáneamente a él.

¿Por qué esta modalidad?

Tenemos que tener en cuenta que la modalidad de caza principal para la caza del jabalí en España ha sido y es la montería, y que los aguardos son autorizados debido a los daños que ocasiona el jabalí en los cultivos agrícolas, tanto cerealistas como leñosos (viñedo).

Es por ello que no debemos perder esta perspectiva, por la cual existe esta modalidad de caza, que es para reducir las poblaciones de jabalí debido al impacto negativo que ocasionan en la agricultura y en otras especies cinegéticas (especialmente en la perdiz, cuando se encuentra nidificando y en sus primeras fases de vida).

Periodos hábiles

CASTILLA LA MANCHA: El periodo hábil para los cotos que tienen esta modalidad contemplada en sus Planes de Ordenación Cinegética es el siguiente: 1 de junio al 31 de agosto. El resto del año puede ser solicitado de forma excepcional por daños a los cultivos agrícolas, masas forestales, etc.

COMUNIDAD VALENCIANA: Según la resolución de cada Plan de Ordenación Cinegética. Pudiendo cazarse prácticamente todo el año desde Abril hasta mitad de Febrero.

REGION DE MURCIA: Desde el 1 de mayo hasta el 18 de febrero.

COMUNIDAD DE MADRID: Periodo hábil del 8 de Octubre al 21 de Febrero. Posibilidad de solicitarlo de forma excepcional por daños a los cultivos agrícolas, masas forestales, etc.

ANDALUCIA: Periodo hábil: del 14 de octubre al 11 de febrero. Posibilidad de solicitarlo de forma excepcional por daños a los cultivos agrícolas, masas forestales, etc.

¿Qué documentación hay que llevar al aguardo nocturno?

Para evitar problemas legales de ningún tipo es fundamental llevar consigo la siguiente documentación cuando se vaya a realizar el aguardo nocturno:

  • Resolución del Plan Técnico de Caza donde aparece la autorización del aguardo nocturno.
  • Comunicación previa por escrito a la Guardia Civil y a Medio Ambiente, sólo en caso de que así se establezca en la resolución del plan técnico de caza.
  • Documentación donde el titular autorice la caza en el coto a esa persona.Documentación acreditativa del cazador: DNI, licencia de armas, licencia de caza, seguro del cazador y la guía de armas.

Aspectos legales

  • Sólo podrá practicarse en cotos de caza mayor y en cotos de caza menor con aprovechamiento secundario de mayor que lo tengan contemplado en su POC.  También, podrá concederse de forma excepcional por daños.
  • Distancia entre puestos: 150 metros como mínimo.
  • Distancia al linde el coto: 200 metros como mínimo.
  • Uso de luz artificial: se permite durante la acción de la caza y en el momento del disparo, por motivos de seguridad.
  • Podrán realizarse cebaderos con suplemento de alimentación ya que se consideran como una mejora para las especies cinegéticas sin embargo en ningún caso podrá utilizarse otro tipo de atrayentes.

¿Qué hacemos con los jabalíes abatidos?

En esta modalidad de caza, dado que no se suelen abatir un número elevado de jabalíes por jornada, no se comercializa la carne. Por lo que en la mayoría de los casos estos animales, una vez abatidos son destinados al autoconsumo.

No obstante, todos los cotos de caza deben cumplir con una serie de requisitos:

  • Tener autorizada por parte de Sanidad de la comarca correspondiente una Sala de Autoconsumo o Evisceración.
  • Permiso del titular cinegético del cual procede la pieza de caza.
  • Cada jabalí que salga del coto debe de ir con una guía de transporte emitida por un veterinario registrado en el Organismo de Sanidad de la Comarca.

Por otra parte, todo coto de caza debe de tener autorizado un (o varios) punto de enterramiento para depositar las vísceras y restos cinegéticos el cual se deberá revisar diariamente y tratado con cal para favorecer la descomposición de dichos restos cinegéticos.

Importancia del control de poblaciones de jabalí. ¿Zonificar?

Resulta evidente como las poblaciones de jabalí han ido aumento exponencialmente en todo el panorama nacional, lo cual conlleva al desplazamiento de especies de caza menor (especialmente la perdiz roja), daños a los cultivos agrícolas, propagación de enfermedades y aumento de accidentes de tráfico. Dicho esto, y una vez comprobado que con las monterías y ganchos no es suficiente para mantener a raya a este animal, se hace indispensable la actuación cinegética mediante los aguardos.

Sin embargo, debemos tener en cuenta la gestión cinegética global del coto a la hora de planificar esta modalidad y ubicar los puestos para los aguardos. Todo coto que se precie, deberá tener establecida una zonificación con diferentes cupos de captura e intensidades cinegéticas en cada zona. Por ejemplo, si tenemos una zona de monte, la cual sabemos que se va a montear en la próxima temporada, no debemos castigarla mediante los aguardos, reubicando estos, en zonas de cultivos, más llanas y desprovistas de vegetación donde no vallamos a realizar ninguna montería. De ahí la importancia de zonificar e realizar las esperas al jabalí donde realmente son necesarias y entendiéndolas como una modalidad de caza excepcional para reducir las poblaciones de jabalí en zonas concretas debido a los daños e impactos que ocasiona.

MÁS INFORMACIÓN

Si tienes cualquier pregunta acerca de permisos, períodos hábiles, distancias de seguridad en los aguardos o cualquier otra duda relacionada con esta apasionante modalidad quedo a tu total disposición para tratar de resolvértela.

Gracias por leerme y buena caza.

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